2020 - Año del General Manuel Belgrano
Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz
Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social en el ámbito de la ciudad de Santa Fe de
la Vera Cruz.
Con este proyecto buscamos, en primer lugar, conocer, a través de un relevamiento
anual, cuál es la población que se encuentra en situación de calle en la ciudad, los motivos,
las edades, el origen y los vínculos familiares de estas personas. Esto permitirá realizar un
abordaje acorde a la situación, tomar medidas específicas que contemplen las diferentes
variables, y dar alternativas que nos acerquen a soluciones concretas a la problemática,
principalmente habitacional, pero sin dejar de lado la vulneración de derechos igual de
fundamentales de los que también son privadas estas personas (salud, alimentación,
igualdad).
El programa está destinado precisamente a la atención de “Personas en situación de
calle”. Existen diversas maneras de denominar a estos habitantes, pero elegimos la más
común y conocida, ya que referirnos a esta problemática como una “situación” implica
reconocer por un lado su transitoriedad; y, por el otro, las multiplicidad de factores que
imposibilitan el desarrollo humano de estas personas, dada por la vulneración además de
otros derechos que trascienden “lo habitacional”.
Sabemos que el derecho a la vivienda se encuentra contemplado en nuestra
Constitución Nacional: por un lado, en su artículo 14 bis enunciando que “El Estado otorgará
los beneficios (...) [d]el acceso a una vivienda digna”, en franca consonancia con el acceso y
disfrute de un hábitat digno; por otro lado, y en suma, ha sido reconocido como un derecho
humano en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la incorporación de múltiples tratados
internacionales (artículo 75 inciso 22). Entre ellos el artículo 25 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos dice: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido
y la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”. Asimismo el acceso a
la vivienda ha sido consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales (PIDESC) y en otros instrumentos internacionales de carácter universal y
regional.
Según el Comité DESC, el derecho humano a la vivienda adecuada no debe ser
equiparable sólo al “cobijo” que resulta de “tener un techo”, sino que debe contemplar el
derecho de vivir en seguridad, paz y dignidad. Debe garantizarse este derecho a todas las
personas, en tanto su cumplimiento asegura o facilita el acceso a otros derechos
fundamentales. Está a la vista, que si nos encontramos hoy presentando este proyecto dirigido
a las Personas en situación de calle, el reconocimiento de este derecho como humano no trae
como consecuencia su efectividad en la realidad. Se desconocen números oficiales que
plasmen la situación real de este sector vulnerado, por lo que destacamos nuevamente la
importancia de contar con un relevamiento para abordar la problemática de manera más
adecuada.
En el concepto de “Personas en situación de calle” quedan comprendidos y
comprendidas, en primer lugar, hombres y mujeres, con sus grupos familiares, jóvenes y
adultos que no tienen residencia estable, es decir, quienes no se sitúan de manera
permanente en un lugar para desarrollar su centro de vida en él. También a quienes pernoctan
o habitan en las calles o espacios públicos. Aquí vemos el sentido literal de la definición
“personas en situación de calle”, que contempla a aquellos sujetos que hacen de la calle y los
espacios públicos de la ciudad su “vivienda”, por ello son las personas más expuestas, ya que
vivir en la intemperie los posiciona en un lugar de vulnerabilidad aún más grave, incluso
pudiendo ser víctimas de múltiples delitos como robo y lesiones. Si a esto le sumamos la mala
o nula alimentación, esta exposición los hace más susceptibles de sufrir enfermedades. El
concepto incluye también a aquellos que habitan de manera transitoria en hogares y