Creación del “Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos”

PROYECTO DE ORDENANZA

Art. 1°: Creación. Créase el “Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos” de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, con el objetivo de promover el destino de uso común y disfrute colectivo de los mismos para las vecinas y vecinos de nuestra ciudad.

Art. 2°: Objetivos. El Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos perseguirá los siguientes objetivos:

  • a) Incorporar suelo con destino a espacio verde público a la ciudad, en consideración de los indicadores cuantitativos de metros cuadrados por habitante recomendados por la Organización Mundial de la Salud.
  • b) Promover el acceso equitativo de la población a los espacios verdes públicos que brindan servicios sociales, ambientales y de mitigación hídrica y repercuten positivamente en la salud de las personas.
  • c) Fomentar acciones tendientes a mejorar la accesibilidad y el nivel de equipamiento de los espacios verdes públicos de la ciudad.
  • d) Llevar adelante un proceso de regularización dominial de aquellos espacios verdes utilizados como plazas y plazoletas de hecho, sin titularidad municipal, a fin de garantizar la tenencia de dichos espacios y su destino como espacios de uso común y disfrute colectivo.
  • e) Definir nuevos espacios a incorporar con el fin de que cada barrio cuente con espacios verdes públicos accesibles.
  • f) Incorporar espacios de juego, deporte y actividades culturales y recreativas, mobiliario urbano y todo el equipamiento necesario para poner en valor estos espacios.
  • g) En general, determinar, diagnosticar y promover soluciones a las distintas problemáticas vinculadas a la titularidad, tenencia, ocupación, zonificación, uso y denominación de espacios verdes públicos, actuales o potenciales.

Art. 3º: Autoridad de Aplicación. El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la autoridad de aplicación del plan creado en la presente, la que promoverá acciones de coordinación con las restantes áreas competentes en la materia a fin de alcanzar los objetivos propuestos precedentemente. Particularmente, coordinará con la autoridad de aplicación del Banco de Tierras Municipal – Ordenanza N° 11.952 o la que en el futuro la reemplace – la incorporación de suelo a la reserva con destino a espacio verde público y con la Escribanía Municipal, encargada de intervenir en los trámites vinculados a la adquisición de los inmuebles correspondientes.

Asimismo, será la encargada de elaborar y remitir al Honorable Concejo Municipal los proyectos normativos cuya aprobación sea requerida para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente.

Art. 4º: Progresividad. Participación. El “Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos” se llevará a cabo en etapas, a fin de facilitar la ejecución en fases de intervención y poder evaluar cada zona de la ciudad. Asimismo, se atenderá a la promoción de instancias de participación ciudadana, instando a vecinos, integrantes de instituciones y organizaciones sociales interesadas a proponer la puesta en valor de aquellos espacios verdes públicos que requieran intervención estatal.

Art. 5°: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a modificar el Plano de Distritos de Zonificación de la Ordenanza N° 11.748 – Reglamento de Ordenamiento Urbano, con la finalidad de asignar el Distrito EV1 en las parcelas que se detallan a continuación conforme a los planos de mensura respectivos por los que se consigna suelo con destino a espacio verde público:

  • a) Lote B del Plano de Mensura Nº 90.950 de 1979, correspondiente a la partida impuesto inmobiliario (PII) Nº 10-11-06 133792/0073.
  • b) Lote S/N correspondiente a la PII N° 10-11-06 133859/0001.
  • c) Lote RTE del Plano de Mensura N° 183.546 de 2015, correspondiente a la PII N° 10- 11-06 133755/0316.
  • d) Lote E. VERDE del Plano de Mensura Nº 60.426 de 1971, correspondiente a la PII Nº 10-11-07 734835/0003.
  • e) Lote EV6 del Plano de Mensura N° 129.076 de 1999, correspondiente a la PII N° 10- 11-07 734670/0041.
  • f) Lote RTE. L D2, correspondiente a la PII N° 10-11-06 133789/0519.
  • g) Lotes EV1 y EV2 del Plano de Mensura N° 126.715 de 1997, correspondientes a las PII N° 10-11-05 133397/0069 y N° 10-11-05 133397/0147, respectivamente.
  • h) Lote POL 24..26 del Plano de Mensura N° 113.203 de 1988, correspondiente a la PII N° 10-11-06 128210/0655.
  • i) Lote ESP VERDE del Plano de Mensura Nº 124.665 de 1996 correspondiente a la PII Nº 10-11-06 133641/0014. 2020 – Año del General Manuel Belgrano Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz
  • j) Lote sin nombre, correspondiente a la PII N° 10-11-06 131056/0002.
  • k) Lote sin nombre del Plano de Mensura N° 94.193 de 1980, correspondiente a la PII N° 10-11-06 133587/0109.
  • l) Lote E.VERDE del Plano de Mensura Nº 98.202 de 1982, correspondiente a la PII Nº 10-11-05 133407/0024.
  • m) Lote 14 del Plano de Mensura N° 104 de 1949, correspondiente a la PII N° 10-11-04 118888/0019.
  • n) Lotes A ESP VERD, C ESP VERD, E y F ESP VERD del Plano de Mensura Nº 127.389 de 1998, correspondientes a las PII N° 10-11-05 133239/0010, N° 10-11-05 133239/0012, 10-11-05 133239/0014 y Nº 10-11-05 133229/0015, respectivamente.
  • o) Lote ESP. VERDE del Plano de Mensura N° 58.652 de 1970, correspondiente a la PII N° 10-11-05 910639/0000.
  • p) Lote sin nombre, correspondiente a la PII N° 10-11-04 118211/0000.
  • q) Lote ESP VERDE, Manzana 9667 del Plano de Mensura Nº 99.407 de 1982, correspondiente a la PII Nº 10-11-06 133792/0050.
  • r) Lote 23 de la manzana 8215-O del Plano de Mensura Nº 158.308 de 2010, correspondiente a la PII Nº 10-11-05 133286/0386.
  • s) Lote sin nombre, Manzana 9765-O del Plano de Mensura Nº 99.407 de 1982, correspondiente a la PII Nº 10-11-06 133792/0045.
  • t) Lote E3 del Plano de Mensura N° 114.831 de 1988, correspondiente a la PII Nº 10- 11-07 734292/0032.
  • u) Lote sin nombre del Plano de Mensura N° 110.459 de 1986, correspondiente a la PII N° 10-11-07 734293/0000.
  • v) Lote POL ABCDA del Plano de Mensura N° 74.838 de 1975, correspondiente a la PII N° 10-11-03 109745/0000. w) Lote sin nombre, Manzana 7449 del Plano de Mensura Nº 63.792 de 1972, correspondiente a la PII Nº 10-11-06 133600/0106.

Art. 6°: Afectación. Aféctase al dominio público y con destino a espacio verde público las fracciones de titularidad del municipio, identificadas en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o) y p) del artículo 5° de la presente Ordenanza.

Art. 7°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar las cesiones que se efectuaren con motivo de la inscripción de los planos de urbanización mencionados precedentemente. De no encontrarse antecedente municipal en dicho sentido, procédase a notificar a los titulares dominiales a efectos de promover la adquisición mediante los instrumentos que resultaren pertinentes.

Art. 8°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

Santa Fe, noviembre de 2020

FUNDAMENTOS

Concejales y Concejalas:

Mediante la presente iniciativa se propone la creación de un “Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos”, con el objetivo de poner en valor distintos sectores de la ciudad que son ideales para el encuentro entre personas, la socialización y el disfrute colectivo de los vecinos, y lograr que todos tengamos la posibilidad de acceder a ellos, usarlos y tenerlos cerca.

Asimismo, se plantea el diseño e implementación progresiva de un Plan de regularización de estos espacios que tendrá como objetivo recuperar, ampliar y revitalizar el espacio verde público en nuestra ciudad a partir de un abordaje integral, interdisciplinario y promoviendo en cada etapa la participación ciudadana.

Entre los objetivos principales del Plan de Regularización de Espacios Verdes Públicos se encuentran la incorporación de suelo con destino a espacio verde público a la ciudad, la promoción del acceso equitativo de la población, el fomento de acciones tendientes a mejorar la accesibilidad y el nivel de equipamiento, la regularización dominial de aquellos espacios utilizados como plazas y plazoletas de hecho sin ser de titularidad municipal, a fin de garantizar la tenencia de dichos espacios y su destino de uso común y disfrute colectivo.

Además, por el presente se busca definir nuevos espacios a incorporar con el fin de que cada barrio de la ciudad cuente con espacios verdes públicos accesibles; así como incorporar espacios de juego, deporte y actividades culturales y recreativas, mobiliario urbano y todo el equipamiento necesario para poner en valor estos espacios; y, en general, determinar, diagnosticar y promover soluciones a las distintas problemáticas vinculadas a la titularidad, tenencia, ocupación, zonificación, uso y denominación de espacios verdes públicos, actuales o potenciales.

Los espacios verdes públicos repercuten en la calidad de vida de las personas en la ciudad, y representan un bien común de todas las personas y una herramienta para mejorar las condiciones de vida de una población. Evidencian, a su vez, la calidad ambiental del entorno urbano total del cual forman parte y contribuyen a generar y mantener la identidad y el paisaje de una ciudad.

Es por ello que el presente proyecto de ordenanza busca regularizar las distintas situaciones en la que se encuentran estos lugares, comenzando con tareas como la de instar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las debidas modificaciones al plano de zonificación correspondiente al Distrito EV1, conforme la Ordenanza N° 11.748 – Reglamento de Ordenamiento Urbano, respecto de inmuebles que han sido transferidos con destino a espacios verdes, de conformidad con los respectivos planos de mensura que se acompañan, y cuya situación no se ha visto formalizada en tal sentido; identificar los espacios verdes públicos que aún no sean de dominio público y poder afectarlas con destino a espacio verde público – Distrito EV1 del Reglamento de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Santa Fe; y regularizar la situación dominial de aquellos lugares con destino a espacio verde público que deban ser incorporados a la titularidad Municipal.

Por ello, convencidos de que estos lugares nos brindan la posibilidad de encontrarnos y habitar la ciudad, proponemos este proyecto con la finalidad de regularizar de estos espacios verdes públicos y lograr que cada uno de ellos sea accesible para todas las personas, convertirlos en ámbitos de recreación, disfrute, esparcimiento y que respondan a las múltiples necesidades de los vecinos y vecinas.

Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto

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