Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Ciudad de Santa Fe

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1: Creación: Créase la Infraestructura de Datos Espaciales de la Ciudad de Santa Fe (IDECSF) con el objeto de generar herramientas que faciliten el acceso público a la información geográfica y la elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas locales.

Artículo 2: Definición: Entiéndase por “Infraestructura de Datos Espaciales” al conjunto articulado de políticas de datos, estándares, procedimientos, recursos, tecnologías y acuerdos institucionales, que faciliten la producción, obtención, uso, acceso, análisis y evaluación de información geográficamente referenciada.

Artículo 3: Objetivos: La Infraestructura de Datos Espaciales de la Ciudad de Santa Fe” (IDECSF) tendrá como objetivos generales los siguientes:

  1. Incorporar tecnologías de información y comunicación (TICs) al diseño, ejecución y control de las políticas públicas en la ciudad de Santa Fe;
  2. Estandarizar la producción, homogenización, validación y  publicación de información geoespacial de manera fehaciente y oportuna con la finalidad de democratizar y transparentar el acceso a la información producida por las distintas áreas del Departamento Ejecutivo Municipal;
  3. Promover herramientas para una gestión eficaz del territorio a fin de mejorar el diseño y elaboración de políticas públicas y optimizar los procesos de toma de decisiones;
  4. Generar y difundir de manera consensuada estándares y normas técnicas de producción y publicación de información;
  5. Promover y colaborar activamente en la formación de recursos humanos competentes en la materia y en el desarrollo de tecnologías y acuerdos institucionales para lograr tales objetivos;
  6. Promover el intercambio de información geográficamente referenciada, experiencias y conocimientos con otros organismos públicos y privados; y llevar a cabo acciones conjuntas según los requerimientos, identificando productores, coordinando la actualización de los datos y fomentando alianzas y acuerdos de colaboración necesarios para aumentar la disponibilidad de información geográfica y desarrollos tecnológicos;
  7.  Promover la transparencia activa del Estado Municipal en materia de datos espaciales facilitando el acceso a la información pública a favor de la ciudadanía.

Artículo 4: Autoridad de Aplicación: La autoridad de aplicación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Ciudad de Santa Fe (IDECSF) será la Secretaría General de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe o la que en el futuro la reemplace, debiendo efectuarse la correspondiente adecuación de la estructura orgánico funcional a fin de relocalizar a la Dirección de Infraestructura de Datos Especiales en su órbita, de conformidad con las misiones, funciones y competencias propias de la referida Secretaría.

Artículo 5: Funciones: La autoridad de aplicación tendrá como funciones las siguientes:

  1. Diseñar, implementar y evaluar planes, programas y proyectos con la finalidad de alcanzar los objetivos enunciados en el artículo 3º de la presente;
  2. Impulsar la participación, integración, coordinación y capacitación de todas las áreas del Estado Municipal, organismos públicos, privados, académicos, no gubernamentales y sociedad civil, en aquellas actividades que contribuyan al desarrollo e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales;
  3. Establecer, con la participación de las áreas municipales correspondientes, los estándares de producción, control de calidad, actualización y digitalización de los datos;
  4. Definir y sostener la infraestructura tecnológica de conformidad a las políticas y estándares municipales, nacionales e internacionales para la identificación de objetos territoriales y la construcción de capas de información, que sirvan al intercambio e integración de los datos geoespaciales de la IDECSF;
  5. Formular estándares relativos al contenido y la gestión de los datos geográficamente referenciados, estableciendo normas para su  modelización, difusión y documentación, facilitando la interoperabilidad entre datos provenientes de distintas reparticiones u organismos externos y optimizando su uso;
  6. Promover la capacitación de  agentes municipales en la materia y en el desarrollo de tecnologías, fomentando la celebración de acuerdos institucionales y técnicos para lograr el cumplimiento del objetivo propuesto.

Artículo 6: Productores de datos: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, cada área del Departamento Ejecutivo Municipal será responsable de producir los datos espaciales derivados del cumplimiento de su misión y funciones, respetando la competencia de los demás órganos o entes y los estándares definidos por la autoridad de aplicación, y garantizando la calidad y la veracidad de los datos, productos y servicios que genere.

Artículo 7: Transparencia activa: Será obligatoria la publicación y actualización de los datos espaciales en forma precisa y oportuna, interoperables e integrados en un mismo visualizador o geoportal web desde dónde se podrá acceder a los datos espaciales y a toda aquella información pública vinculada.

El Departamento Ejecutivo Municipal podrá establecer en la reglamentación correspondiente condiciones de acceso a la información espacial, especificando diferentes niveles de accesibilidad e incluso restringiendo el acceso a algunos datos geoespaciales que, por sus características, encuadren en los supuestos previstos en el Art. 7° de la Ordenanza Nº 10.450 de Acceso a la Información Pública de la ciudad de Santa Fe.

Artículo 8: Convenios de Colaboración: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar convenios con otros Estados Municipales, el Ente de Coordinación del Área Metropolitana de Santa Fe, el Estado Provincial, el Estado Nacional, organizaciones no gubernamentales, universidades y entidades intermedias, en orden a integrar y compartir la información municipal, como así también facilitar los mecanismos de consulta en cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza.

En particular, se promoverá la coordinación con la Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina, la Infraestructura de Datos Espaciales de la Provincia de Santa Fe y el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe.

Artículo 9:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

Santa Fe, Jueves 19 de Diciembre de 2019.-

FUNDAMENTOS

Concejales y Concejalas:

                                       El presente proyecto tiene por objeto la creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Ciudad de Santa Fe(IDECSF), entendiéndola como el conjunto articulado de políticas, estándares, procedimientos, recursos, tecnologías y acuerdos institucionales, que faciliten la producción, obtención, uso y acceso de información geográficamente referenciada.

                                          En primer lugar, la creación de la IDECSF tiende a garantizar el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública, ambos de raigambre constitucional -conforme al artículo 1º, los artículos 33°, 41°, 42° y concordantes del Capítulo Segundo, así como también el artículo 75 inciso 22, de la Constitución Nacional-.

En segundo lugar, a través de esta propuesta se pretende generar, difundir y coordinar de manera consensuada estándares y normas técnicas de generación y publicación de información, así como también la formación de recursos humanos competentes en la materia y el desarrollo de tecnologías y acuerdos institucionales y técnicos para lograr tales objetivos.

En este sentido, el Departamento Ejecutivo Municipal ha incorporado a su estructura orgánico-funcional la Dirección de Infraestructura de Datos Especiales en la Secretaría de Hacienda mediante el Decreto N° 924/17, además de utilizar tecnologías de Sistema de Información Geográfica (SIG).

Por otro lado, a través del Decreto D.M.M. 914/17, ha creado un nuevo Sistema Gráfico Alfanumérico denominado “GEO”, el cual constituye un Sistema de Información Territorial que sirve como herramienta de visualización y como portal de información geográfica del municipio. Lo cierto es que, en función de la necesidad de apertura de los datos, es necesario readecuar dicho sistema a lo dispuesto en el presente proyecto.

 Asimismo, este Honorable Cuerpo ha sancionado normas relacionadas con la materia, como la Resolución Nº 10.850, que dispone la creación de la Dirección de Informatización e Información Geográfica dentro de la estructura de la Secretaría de Gobierno, y la Ordenanza Nº 11.450, que regula el Derecho de Acceso a la Información Pública en la Municipalidad de Santa Fe.

En este sentido, entendemos que existe gran cantidad de datos e información georeferenciada dispersa, duplicada, superpuesta y producida en múltiples formatos en las distintas áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, con posibilidades complejas de acceso e implicando mayor esfuerzo para su actualización.

En otro orden de ideas, los Sistemas de Información Geográfica están compuestos por hardware, software y procedimientos para capturar, almacenar, manipular, analizar y desplegar todo tipo de información geográficamente referenciada, pudiendo convertirse en una gran herramienta de gestión de políticas públicas; permitiendo una mejor sistematización de la información, combinación de datos y modelos de una forma flexible y generando alternativas posibles para explorar soluciones sobre temas vinculados a la planificación urbana, el ordenamiento territorial, las redes de infraestructura y servicios, la movilidad urbana, la mitigación del riesgo hídrico, el catastro, estadísticas, análisis demográfico, seguridad, actividades productivas, entre muchas otras.

Cabe agregar que la incorporación de Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) favorece al diseño, ejecución y control de las políticas de gobierno, incluidas aquellas que, como los Sistemas de Información Geográfica (SIG), se han convertido actualmente en herramientas estratégicas, dado que permiten conocer mejor el territorio, las decisiones que se han adoptado, los espacios construidos y las actividades humanas que en él se despliegan, a fin de conocer sus potencialidades, riesgos y limitaciones.

Por ello, la Infraestructura de Datos Espaciales es una solución necesaria para satisfacer las constantes demandas de información geográfica y los estándares en georeferenciación, por parte de diversas áreas del Departamento Ejecutivo Municipal y otros organismos públicos y privados, del mismo modo que se constituye en una herramienta necesaria para democratizar el acceso a la información y mejorar la transparencia, al gestionar y publicar datos a través de un visualizador, de manera eficiente y oportuna, a su vez contribuyendo a la toma de decisiones en las diferentes actividades de los ámbitos público, privado, académico, no gubernamental y sociedad civil;

                                       Además, consideramos que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en condiciones favorables y posee los elementos básicos necesarios para desarrollar una Infraestructura de Datos Espaciales que beneficie el acceso e intercambio de información producida en el ámbito municipal, potenciando el desarrollo urbano, económico y social de la ciudad. Para ello, es fundamental que todas las reparticiones compartan una visión común de la información geográfica a través de la creación de la IDECSF. 

Cabe destacar que resulta imprescindible crear las condiciones necesarias para integrar y compartir dicha información, evitar la duplicidad de esfuerzos y costos para la obtención, procesamiento, almacenamiento, actualización y publicación de datos; como así también los mecanismos que faciliten a los usuarios la consulta y el intercambio de los mismos.

Entendemos que es fundamental promover el intercambio de información geográficamente referenciada, experiencias y conocimientos con otros organismos públicos y privados, y llevar a cabo acciones conjuntas según los requerimientos, por lo que se faculta, por medio de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con el Estado Provincial y el Estado Nacional, el Ente de Coordinación del Área Metropolitana de Santa Fe, organizaciones no gubernamentales, universidades y entidades intermedias, con el objetivo de integrar y compartir la información municipal como así también facilitar los mecanismos de consulta en el marco de cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza. En particular, se plantea la coordinación con la Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina,  como también con la Infraestructura de Datos Espaciales y el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe.

Finalmente, con el objetivo de garantizar el principio de acceso a la información pública proponemos la creación de un nuevo visualizador, publicado en la página web, facilitando la actualización de los datos espaciales y la superposición y combinación de toda la información disponible para que cualquier ciudadano acceda fácilmente.

A modo de cierre, entendemos que la ciudad de Santa Fe debe crear su infraestructura de datos espaciales para brindar información oportuna, eficiente y confiable, sirviendo a la coordinación de todos los esfuerzos que ya existen en la materia y estableciendo un marco propicio para la integración de los datos y actores que sistemáticamente puedan usarla y aportarla.

Por lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.

*Descarga el proyecto acá