Intimación propietario carie N° 1 – 1° de mayo 1283

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a intimar a los propietarios del inmueble sito en calle 1 de mayo 1283, padrón Nº 1501, partida inmobiliaria 1011010979220000, que presenta las condiciones propias de una carie urbana, para que lleven adelante las tareas de mantenimiento, desmalezamiento, desratización y/o toda otra medida de higiene urbana que corresponda, conforme al estado edilicio y de conservación del inmueble, en cumplimiento de la normativa aplicable.

Art. 2º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal informe, con relación a los inmuebles detallados en el artículo precedente, lo siguiente:

  1. Estado de deuda en concepto de Tasa General de Inmuebles (TGI).
  2. Situación de los procedimientos y/o procesos de ejecución iniciados por deuda de TGI.
  3. Multas aplicadas por la presencia de plagas y/o malezas, y su estado de cumplimiento.
  4. Existencia de permisos de obra vigentes.
  5. Si ha labrado actas de infracción por multas aplicables en virtud de lo dispuesto en las Ordenanzas N° 7.882 -Régimen de Infracciones y Penalidades- y Nº 12.783 -Código de Habitabilidad-.

Art. 3º: De forma.

Santa Fe, Septiembre de 2025

FUNDAMENTOS

Concejales y concejalas:

El presente proyecto tiene por objeto garantizar el adecuado mantenimiento y conservación del inmueble sito en calle 1º de Mayo Nº 1283, el cual presenta un notorio estado de abandono y deterioro edilicio, con muros descascarados, cartelería, y signos de falta de higiene y salubridad.

La falta de conservación de este tipo de propiedades genera molestias y perjuicios a los vecinos y vecinas que habitan en la zona, quienes deben convivir con la proliferación de plagas, la acumulación de residuos, la presencia de malezas y el consecuente deterioro del paisaje urbano. Estas situaciones afectan la calidad de vida cotidiana y pueden derivar en riesgos para la salud pública y la seguridad.

Asimismo, el abandono de inmuebles en sectores consolidados de la ciudad genera un impacto negativo en el entorno barrial, desvalorizando las propiedades linderas, afectando a los comerciantes vecinos y contribuyendo a una percepción de descuido que favorece prácticas indebidas como la ocupación indebida, el depósito de residuos o la vandalización de fachadas.

(Fuente: Google Street View, 2023, 1ro de Mayo 1283, Santa Fe)

Por ello, corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal disponer las gestiones necesarias para intimar a los propietarios a cumplir con sus deberes de conservación, mantenimiento y salubridad, conforme lo establecen la Ordenanza Nº 7.882 .Régimen de Infracciones y Penalidades- y la Ordenanza Nº 12.783 -Código de Habitabilidad-, entre otras normas aplicables.

Al mismo tiempo, resulta pertinente solicitar un informe detallado respecto de la situación tributaria y administrativa del inmueble, incluyendo deudas en concepto de Tasa General de Inmuebles, procesos de ejecución iniciados, multas aplicadas y actas de infracción labradas, a fin de contar con herramientas que permitan adoptar las medidas correspondientes en caso de incumplimiento.

En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *