PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a intimar a los propietarios del inmueble sito en calle Juan de Garay 3371, padrón Nº 8149, partida inmobiliaria N° 10-11-02103102/0000, que presenta las condiciones propias de una carie urbana, para que lleven adelante las tareas de mantenimiento, desmalezamiento, desratización y/o toda otra medida de higiene urbana que corresponda, conforme al estado edilicio y de conservación del inmueble, en cumplimiento de la normativa aplicable.
Art. 2º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal informe, con relación al inmueble detallado en el artículo precedente, lo siguiente:
- Titular dominial.
- Estado de deuda en concepto de Tasa General de Inmuebles (TGI).
- Situación de los procedimientos y/o procesos de ejecución iniciados por deuda de TGI.
- Multas aplicadas por la presencia de plagas y/o malezas, y su estado de cumplimiento.
- Existencia de permisos de obra vigentes.
- Si ha labrado actas de infracción por multas aplicables en virtud de lo dispuesto en las Ordenanzas N° 7.882 -Régimen de Infracciones y Penalidades- y Nº 12.783 -Código de Habitabilidad-.
Art. 3º: De forma.
Santa Fe, septiembre de 2025
FUNDAMENTOS
Concejales y concejalas:
El presente proyecto tiene por finalidad dar intervención al Departamento Ejecutivo Municipal respecto del inmueble sito en calle Juan de Garay 3371, padrón Nº 8149, partida inmobiliaria Nº 10-11-02103102/0000, que presenta las condiciones propias de una carie urbana en cuanto a su estado de abandono y deterioro edilicio.
La falta de mantenimiento, el crecimiento de malezas, la acumulación de residuos y el deterioro de la fachada generan un impacto negativo en la higiene y salubridad del entorno, constituyendo un foco de riesgo para la proliferación de plagas y una afectación directa a la seguridad de los vecinos y vecinas de la zona.
(Fachada del inmueble en Juan de Garay 3371, Google Street View, 2024)
La intervención municipal es necesaria no solo para intimar a los propietarios al cumplimiento de sus deberes, sino también para contar con un relevamiento actualizado acerca de la situación dominial, las deudas fiscales, la existencia de multas y permisos de obra, y los antecedentes de infracciones que recaen sobre el inmueble.
El abordaje de las denominadas “caries urbanas” constituye una política pública prioritaria, vinculada a la recuperación del espacio urbano degradado, la prevención de riesgos sanitarios y ambientales, y la promoción de un hábitat seguro, saludable y en condiciones de habitabilidad. La omisión de acciones frente a estos casos no solo afecta la calidad de vida de quienes habitan el barrio, sino que también contradice los principios de orden, salubridad y desarrollo urbano sostenible que deben guiar la gestión municipal.
En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.