
Modificación del artículo 2° de la Ordenanza Nº 11.685 (SEOM)
Art. 1°.- Modifícase el artículo 2° de la
Ordenanza Nº 11.685, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º: El
cuadro de valores aplicable al Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal
(SEOM) será escalonado y acumulativo en forma directa al tiempo de utilización
del espacio público, siempre que el mismo sea ininterrumpido o, que el
automóvil no haya rotado en un radio mayor a doscientos metros (200 m) del
dispositivo de medición correspondiente al final del estacionamiento. Se deberá
estipular que, como máximo, los primeros treinta (30) minutos de
estacionamiento no tengan costo alguno.
En caso que transcurra un lapso mayor a una (1) hora entre el
registro de salida del estacionamiento y un nuevo inicio, comenzará a
computarse nuevamente desde la tarifa de inicio.
La escala de valores será establecida por el Departamento
Ejecutivo Municipal y será enviada al Honorable Concejo Municipal para su
consideración en un plazo no mayor de diez (10) días de dictado el acto
administrativo pertinente. El mismo cobrará eficacia si el Honorable Concejo
Municipal no se pronunciara dentro de los quince (15) días de haber tenido
entrada el mensaje correspondiente en Secretaría durante el período de
sesiones”.
Art. 2°.- De forma.
Santa Fe, mayo de 2024
FUNDAMENTOS
Concejales y concejalas:
Por
medio del presente proyecto se pretende legislar sobre una práctica que el
Departamento Ejecutivo Municipal viene implementando desde hace varios años, y
se vincula con la gratuidad de los primeros treinta minutos de estacionamiento
en aquellas zonas donde funcione el Sistema de Estacionamiento Ordenado
Municipal (SEOM).
Desde
el año 2016, el Departamento Ejecutivo Municipal ha implementado la gratuidad
de los primeros diez (10) minutos de SEOM por medio del Decreto DMM N°
1498/2016.
En el año 2018, a través del
Decreto DMM N° 702/18, el Departamento Ejecutivo Municipal estableció una
escala de valores para el SEOM donde la primera media hora no tenía costo
alguno para la persona usuaria.
Sin embargo, a través de la
actualización dispuesta en el Decreto DMM N° 19/2024, se quitó este beneficio
de la gratuidad, computándose un monto de $290 para los primeros 60 minutos de
estacionamiento medido.
En estos términos es que el
presente proyecto busca modificar la Ordenanza N° 11.685 que regula el SEOM a
los fines de establecer la gratuidad de los primeros treinta (30) minutos de
estacionamiento para cuando el Departamento Ejecutivo Municipal fije la escala
de valores y la someta a consideración de este Honorable Cuerpo.
La reintroducción de la
gratuidad en la Ordenanza se trataría de una medida proactiva para beneficiar a
los conductores que realizan breves paradas en zonas donde opera el SEOM. Esto
promovería una rotación más efectiva de los espacios de estacionamiento,
permitiendo que más personas utilicen estos espacios durante períodos cortos
sin incurrir en costos adicionales y maximizando la eficiencia en la
utilización del espacio público.
Además, para muchos
santafesinos y santafesinas, especialmente aquellos que dependen de los
servicios en áreas de micro y macro centro donde funciona el SEOM, el costo
acumulativo de estacionamiento puede ser una carga financiera significativa.
Establecer un período inicial gratuito ayuda a aliviar este impacto,
especialmente para aquellos con necesidades comerciales o de servicios
inmediatos en la ciudad.