Incorporación del sistema de débito automático para la cancelación de tributos municipales

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal promueva la implementación de formas alternativas de pago, incorporando el sistema de débito automático en cuenta bancaria y/o en tarjetas de crédito para la cancelación de tributos municipales determinados, convenios de pago de tributos y recursos municipales.

Art. 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con instituciones bancarias o empresas administradoras de tarjetas de crédito, que dispongan del sistema de pago mediante débito automático con el objeto de que sus clientes puedan adherirse a dicha modalidad de pago.

Art. 3: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal definir los términos y condiciones de adhesión, solicitud de baja o reversión de los créditos, reglamentar todos los aspectos relativos a la implementación de los medios de pagos mencionados en el artículo 1º, debiendo brindar las herramientas necesarias que aseguren la confidencialidad de la información y la protección de datos de los contribuyentes.

Art. 4: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer un sistema de bonificación para aquellos contribuyentes que opten por la adhesión voluntaria al sistema de débito automático para la cancelación de tasas, derechos y contribuciones de las cuales sean responsables.

Art. 5: Dispóngase que los planes de pago establecidos para los recursos Derecho de Edificación y Multas al Derecho de Edificación se realicen exclusivamente mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.
Asimismo, paulatinamente, se proceda a incorporar el mecanismo débito automático a convenios de pago por tasas, derechos, contribuciones.

Art. 6: Encomiendase al Departamento Ejecutivo Municipal incorporar de forma exclusiva el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria en los convenios de planes de pago con beneficios excepcionales para Tasas, Derechos y Contribuciones, que se celebren a partir de la implementación de los medios de pago mencionados en el Art. 1°.

Art. 7: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

FUNDAMENTOS

El presente proyecto de resolución tiene por objeto encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal, la promoción de la implementación del sistema de débito automático en cuentas bancarias y tarjetas de crédito como medio de cancelación de obligaciones fiscales.

La operatoria por débito automático implica que el contribuyente o responsable autorice a la Administración Municipal a realizar el débito del importe correspondiente a su obligación fiscal, en la cuenta corriente o caja de ahorro que el contribuyente autorice o bajo la modalidad de débito en la tarjeta de crédito del cual es titular.

A tal efecto será necesario definir cuáles serán los tributos sujetos a esta modalidad de pago, para lo cual el monto de la obligación debe estar determinada por la Administración Municipal, recomendando incorporar gradualmente los siguientes tributos: Tasa General de Inmuebles, Contribuciones de Mejoras, Régimen Simplificado del Derecho de Registro e Inspección.

Asimismo, consideramos importante incorporar paulatinamente los convenios de pago por tasas, derechos, contribuciones (determinados o autodeclarativos) como así también los que se suscriban por multas juzgadas en el Tribunal de Faltas Municipal. Por ello proponemos que los convenios de pago por Derecho de Edificación y Multas por Derecho de Edificación se realicen en forma exclusiva a través del débito automático, y los planes con beneficios o descuentos especiales que se reglamenten a partir de la presente normativa con el objetivo de potenciar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes.

La modalidad de pago por débito automático presenta múltiples beneficios para el contribuyente, entre ellos podemos mencionar el ahorro de tiempo que conlleva la realización de pagos en forma presencial, seguridad al evitar el manejo de dinero en efectivo, tranquilidad al poder llevar los pagos de tributos al día y no estar pendiente de las fechas de vencimientos ni de la entrega de la boleta en formato papel. También permite acceder a descuentos y bonificaciones por adherirse voluntariamente a esta modalidad.

Cabe destacar que el Departamento Ejecutivo Municipal suscribió en el año 2017 el “Convenio de débito directo en caja de ahorro y/o cuenta corriente” con el Nuevo Banco de Santa Fe, numerado y registrado por Decreto DMM 00252/2017 y en el año 2019 el “Convenio de cobro con débito automático” con la firma Tarjeta Naranja S.A. que fuera numerado y registrado por Decreto D.M.M. N°00449/2019, ambos sin implementación al día de hoy.
En el marco de la suscripción de nuevos convenios con entidades financieras, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá evaluar la posibilidad de reconocer una retribución de hasta el 1% + IVA sobre el total recaudado a cuenta y nombre del Municipio.

Asimismo, a los fines de otorgar seguridad y agilidad a los contribuyentes, resulta indispensable implementar una herramienta informática que posibilite gestionar la adhesión y/o modificación al sistema de débito directo mediante la autenticación con CUIT y Clave Fiscal de AFIP, a efectos de brindar las medidas necesarias que aseguren la confidencialidad de la información suministrada.

Por lo expuesto, solicitamos el acompañamiento necesario para la aprobación de la presente iniciativa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *