Solicitud de estudios para cambiar los “Letreros de Obra” por alternativas digitales

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1°: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a realizar estudios de factibilidad técnica y económica a los fines de convertir el formato físico de los “Letreros de Obra” cuyo contenido se encuentra contemplado el Reglamento de Edificaciones -Ordenanza N° 7279-  y el Decreto Provincial  1738/08 a alternativas digitales como el código QR con la finalidad de actualizar los modos de acceso a la información y control y reducir el impacto negativo de los materiales en el ambiente y los costos de las obras privadas.

Art. 2°: De ser procedente lo enunciado en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal informará al Honorable Concejo Municipal.

Art. 3°: De forma.

FUNDAMENTOS

Concejales y Concejalas:

El presente proyecto de resolución tiene como objetivo solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice estudios de factibilidad técnica y económica para convertir el formato físico de los “Letreros de Obra” contemplados en el art. 4.1.6, siguientes y concordantes del Reglamento de Edificaciones – Ordenanza N° 7279 -, y complementados por el Decreto Provincial 1738/08, en un formato más amigable con el ambiente, económico y ágil como el Código QR.

Un código QR es un código de barras bidimensional cuadrada que puede almacenar los datos codificados. Al escanear un código QR utilizando el teléfono inteligente, se obtiene un acceso inmediato a su contenido, normalmente a través del redireccionamiento a una dirección URL. Los códigos QR son leídos precisamente por las “aplicaciones de lectura” que pueden ser descargadas desde las “Tiendas” de aplicaciones de los diferentes sistemas operativos de los teléfonos inteligentes o, de hecho, algunos de ellos contienen esta función incluida en las cámaras.

El Reglamento de Edificaciones – Ordenanza N° 7279 – contiene en el artículo 4.1.6 y siguientes las indicaciones vinculadas a los Letreros de Obra que deben, de modo obligatorio, ser colocados en las obras privadas, describiendo el contenido de los mismos y las dimensiones. Incluso se contempla una sanción para los profesionales en el art. 2.6.4, correspondiéndole un apercibimiento por su incumplimiento. 

Dentro de los requisitos exigibles durante la ejecución de obras se encuentra la colocación del cartel y sus dimensiones. El costo que significa a quienes llevan adelante estas obras es muy alto ya que generalmente están realizados en chapa o plásticos duros que no son reutilizables y deben ser descartados luego de finalizada la obra.

El Estado Provincial, a través del Decreto 1732 del año 2008, incorporó la obligación para los contratistas de agregar a los carteles de obras privadas datos vinculados a los derechos del trabajo y la seguridad social de los diferentes trabajadores que participaran de la obra.

El Gobierno Provincial consideró que sería conveniente que estos requisitos se añadan a los Letreros de Obra para aquellos Municipios que los contengan en sus reglamentaciones, argumentando que al momento de la sanción del Decreto los carteles dispuestos por normativas locales no contenían demasiada información sobre los distintos roles profesionales habilitados, responsables de la obra y del cumplimiento de las normativas vigentes;

Creemos que el Estado debe generar nuevas alternativas a la hora de verificar los requisitos impuestos por la normativa  local que acompañen los desarrollos tecnológicos y permitan reducir los costos, el espacio público ocupado y agilicen incluso los procedimientos de control.

Por lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.

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