Solicitud de regularización dominal del complejo educativo Cristo Obrero

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar, por vía de excepción, el plano de mensura y subdivisión -cuyos antecedentes obran en el expediente DE- 0910-00986826-6-, de la parcela identificada con padrón N° 172118, manzana N° 3.538 Sur, ubicada en el barrio Villa del Parque, delimitada por calles Padre Catena, Cristo Obrero y vías del Ferrocarril General Manuel Belgrano con el objeto de efectivizar la donación realizada al Arzobispado por Ordenanza N° 1.132 y promover la regularización dominial de las fracciones a favor del complejo educativo Cristo Obrero, integrado por la Escuela Particular Incorporada N° 1.132 “Cristo Obrero” y el Comedor y Copa de Leche “Cristo Obrero”, así como también a las familias ocupantes, quienes cedieron oportunamente la franja ocupada por escuela mencionada al sacerdote Padre Osvaldo Catena a los fines de que se erigiera el establecimiento educativo en la comunidad de Villa del Parque.

Art. 2° Para la aprobación del plano mencionado en el artículo precedente se autoriza a exceptuar la aplicación de lo dispuesto en la Ordenanza N° 9513 y del art. 2.5.1 de la Ordenanza N° 7677 en lo que pudiera corresponder. 

Art. 3°: Encomiendase la coordinación con el Arzobispado de Santa Fe para la ejecución de las acciones tendientes a la transferencia dominial de las fracciones de terreno a favor de las familias ocupantes y las instituciones mencionadas en el artículo 1°, con el objetivo de otorgarles seguridad en la tenencia.

A tales efectos autorízase a aprobar el plano de mensura correspondiente admitiendo dimensiones parcelarias e indicadores urbanísticos, diferentes a las previstas en la normativa vigente, siempre que se permita un adecuado desarrollo de la vivienda familiar y la correcta provisión de servicios públicos, acceso a espacios verdes, movilidad y accesibilidad.

Art. 4: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar las cesiones que pudieran corresponder por cumplimiento de las obligaciones relativas a obras de infraestructura para la movilidad -pasajes, pasajes peatonales, completamiento de traza de calles o pasajes y similares-, correspondientes al plano de mensura referido.

Art. 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

FUNDAMENTOS

El presente proyecto de Ordenanza tiene como finalidad autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar, por vía de excepción, el plano de mensura y subdivisión, de la parcela identificada con el padrón 172118, manzana N° 3.538 Sur, ubicada en el barrio Villa del Parque, delimitada por calles Padre Catena, Cristo Obrero y vías del Ferrocarril General Manuel Belgrano que fue donada por el Municipio al Arzobispado de Santa Fe por Ordenanza N° 11.183 y donde se emplaza el complejo educativo integrado por la Escuela Particular Incorporada N° 1.132 y el Comedor y Copa de Leche “Cristo Obrero” y habitan las familias que cedieran oportunamente una franja del predio al sacerdote Padre Osvaldo Catena aportando a la pastoral educativa , consolidando así la construcción del edificio de  la Escuela en la comunidad de Villa del Parque, todo según anteproyecto obrante en expediente DE- 0910-00986826-6.

Resulta importante considerar que en el Honorable Concejo Municipal en el año 2005 sancionó la Ord. Nº 11183 mediante la cual la Municipalidad de Santa Fe donó a favor del Arzobispado de Santa Fe, una fracción de terreno identificada como manzana No 3.538 Sur, ubicada en el barrio Villa del Parque, delimitada por calles Padre Catena, Cristo Obrero y vías del Ferrocarril General Manuel Belgrano donde ubica la Escuela Particular Incorporada Nº 1.132 y el Comedor y Copa de Leche “Cristo Obrero”.

Posteriormente, en el año 2007 se sanciona la ordenanza Nº 11407 estableciendo que estará a cargo de la donataria la realización del correspondiente plano de mensura y subdivisión de la mencionada fracción.

Es por ello que se encomiendan las tareas concernientes para la realización del plano de mensura, según expediente del Colegio de Agrimensores Nº56721, y se tramita ante la Dirección de Catastro Municipal el correspondiente visado municipal, en el procedimiento se informa que debe consolidarse un pasaje de 12 metros de ancho lindero al Oeste de la parcela y un pasaje lindero al Ferrocarril de 12 metros conforme a la normativa vigente.

Es importante considerar que el cumplimiento de la afectación para el pasaje lindero al Oeste de la parcela, comprometería la permanencia de equipamientos existentes, particularmente un taller de carpintería, 3 aulas, un patio de servicio y el playón deportivo; y el pasaje requerido lindero al Ferrocarril, afectaría casi la mitad del playón deportivo.

Es por ello que solicitamos que para la aprobación del plano mencionado se proceda a exceptuar la aplicación de lo dispuesto en la Ordenanza N° 9513 y del art. 2.5.1 de la Ordenanza N° 7677; con la finalidad de mantener el buen funcionamiento del complejo educativo.

Consecuentemente, una vez aprobado el plano de mensura mencionado, se solicita coordinar acciones con el Arzobispado para ejecutar las acciones tendientes a la transferencia dominial de las fracciones ubicadas en la manzana a favor de las familias que habitan sus inmuebles hace muchos años, con el objetivo de otorgarles seguridad en la tenencia de sus viviendas, así como a las instituciones mencionadas, por lo que autorizamos al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar el plano de mensura correspondiente  admitiendo dimensiones parcelarias, indicadores urbanísticos, diferentes a las previstas en la normativa vigente, siempre que medie imposibilidad física de resolverlos y se permita el adecuado desarrollo de la vivienda familiar y la correcta provisión de servicios públicos, acceso a espacios verdes, movilidad y accesibilidad.

Por lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto

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