PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a intimar a los propietarios del inmueble sito en calle J. R. Mendez 5942, partida inmobiliaria N° 10-11-0514170/00003, que presenta las condiciones propias de una carie urbana, para que lleven adelante las tareas de mantenimiento, desmalezamiento, desratización y/o toda otra medida de higiene urbana que corresponda, conforme al estado edilicio y de conservación del terreno, en cumplimiento de la normativa aplicable.
Art. 2º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal informe, con relación al inmueble detallado en el artículo precedente, lo siguiente:
- Titular dominial.
- Estado de deuda en concepto de Tasa General de Inmuebles (TGI).
- Situación de los procedimientos y/o procesos de ejecución iniciados por deuda de TGI.
- Multas aplicadas por la presencia de plagas y/o malezas, y su estado de cumplimiento.
- Existencia de permisos de obra vigentes.
- Si ha labrado actas de infracción por multas aplicables en virtud de lo dispuesto en las Ordenanzas N° 7.882 -Régimen de Infracciones y Penalidades- y Nº 12.783 -Código de Habitabilidad-.
Art. 3º: De forma.
Santa Fe, Abril de 2026
FUNDAMENTOS
Concejales y concejalas:
El presente proyecto tiene por finalidad propiciar la intervención del Departamento Ejecutivo Municipal en relación con el inmueble sito en calle J. R. Méndez 5942, identificado con la partida inmobiliaria N.º 10-11-0514170/00003, el cual, de acuerdo con las constancias fotográficas y relevamientos efectuados, presenta un evidente estado de abandono, deterioro general y falta de mantenimiento, configurando una situación de carie urbana.
Conforme surge de reiterados reclamos de vecinos y vecinas del sector, el terreno baldío se encuentra en condiciones críticas de abandono, sin parámetros mínimos de conservación, evidenciando graves deficiencias en materia de higiene que impactan directamente sobre el espacio público y la salubridad del entorno. En este sentido, resulta especialmente preocupante que el predio no se encuentre cercado, permitiendo el crecimiento descontrolado de malezas que cubren la totalidad del terreno y se proyectan sobre la vereda, afectando el uso normal del espacio público y generando consecuencias negativas para los inmuebles linderos.
A su vez, dentro del predio se emplazan árboles de gran porte que no reciben ningún tipo de mantenimiento ni poda. La densa vegetación existente impide verificar su estado sanitario y estructural, lo que incrementa el riesgo potencial de caída de ramas o ejemplares completos, con el consiguiente peligro para las propiedades vecinas y para quienes circulan por la zona.
La presencia de vegetación de gran altura, sumada a la acumulación permanente de residuos y diversos materiales, no solo produce un deterioro evidente del paisaje urbano, sino que constituye un foco de insalubridad, favoreciendo la proliferación de plagas y dificultando la circulación peatonal. Asimismo, la constante acumulación de basura compromete seriamente la habitabilidad del barrio y afecta de manera directa la calidad de vida de los vecinos y vecinas, trasladando a la comunidad las consecuencias de la desidia en el mantenimiento del inmueble.
Estas condiciones evidencian un claro incumplimiento de las obligaciones que corresponden a los propietarios en materia de conservación, higiene y mantenimiento de sus inmuebles, aun cuando los mismos se encuentren desocupados o sin edificación.
A ello se suma el avanzado deterioro de la vereda, invadida por malezas, residuos y obstáculos que dificultan la transitabilidad, agravando las condiciones generales del entorno urbano.
En este contexto, resulta imprescindible que el Departamento Ejecutivo Municipal intime de manera inmediata a los propietarios a regularizar la situación del inmueble y, en forma simultánea, informe a este Cuerpo acerca de la situación dominial, el estado de deuda correspondiente a la Tasa General de Inmuebles, la existencia de sanciones, actas de infracción, permisos de obra vigentes y eventuales procesos de ejecución en curso, a fin de contar con información integral que permita adoptar las medidas administrativas pertinentes.
El abordaje de las caries urbanas constituye una política pública prioritaria para garantizar la higiene, la salubridad, el orden urbano y una adecuada calidad de vida. La falta de intervención frente a estos casos no solo perpetúa el abandono, sino que consolida procesos de degradación urbana que afectan derechos fundamentales vinculados a un hábitat digno.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto de resolución.




